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Asignación aplicación Decreto 880/2007 (06/06/07)

El día 5 de junio de 2007 se presentó una insalvable restricción en el transporte de gas natural por el Gasoducto Sebastopol – Medellín. La insalvable restricción, de acuerdo con lo establecido en el decreto 880 de 2007, implicó que durante el horario comprendido entre la 02:46 y las 06:30 se restringiera una porción de la demanda del sector industrial atendida desde el Punto de Salida de Tasajera. Las nominaciones, asignaciones y cantidades de energía entregadas para dicho día son las siguientes:

Modalidad y Sector

Remitente

Punto de Salida

Nominación (MBTU)

Asignación (MBTU)

Energía Tomada (MBTU)

Firme Mercado Primario – Sector Residencial

Edalgas

Puerto Berrio

32

32

35

Edalgas

Cisneros

8

8

7

Firme Mercado Secundario Sector Residencial- Comercial

Ecopetrol

Tasajera

7.771

7.771

7.771

Firme Mercado Secundario Remanente

Ecopetrol

Tasajera

30.409

29.409

29.587

Total

 

 

38.220

37.220

37.400

Para determinar la nominación y la energía tomada del sector residencial-comercial atendido desde el punto de salida Tasajera se tomó los datos suministrados por la UPME.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 
 
 
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